Alquileres como serán las nuevas negociaciones

17 de Enero, 2024 inmuebles Servicios Tasación
Alquileres como serán las nuevas negociaciones

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) es la derogación de la Ley de Alquileres, un tema que venía en debate antes de esta decisión de Gobierno de desregular la economía. "La medida beneficia a todos los inquilinos, que estaban muy afectados por la norma. Lo que implica la derogación de la ley es que para ese tipo de contratos vuelve a regir el Código Civil y Comercial, dentro del cual, modificó el artículo 765, referente a las transacciones entre privados y contratos en moneda extranjera.

Ley de Alquileres: ¿qué dice el nuevo DNU para los contratos? Algunas de las pautas más resonantes del DNU respecto a los contratos de alquiler son:

  • No hay plazo mínimo, ni máximo para los alquileres, lo establecen las partes;
  • Las partes pueden pactar las cláusulas libremente con limite en el orden público;
  • Fianza (garantía) a convenir por las partes libremente;
  • Libre periodo de pago;
  • Periodo de pago libre, no inferior a un mes (no se puede cobrar alquiler por ej. cada 15 días);
  • No hay plazo mínimo para el contrato. Lo pactan las partes libremente;
  • Se puede pactan en pesos o en dólares y en base a un índice libre elegido por las partes,
  • El locatario puede abandonar el inmueble abonando como multa al locador (dueño) el 10% del total de los alquileres restantes hasta el final del contrato.
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Qué implica la derogación de la Ley de Alquileres: La derogación de la ley de alquileres implicará lo siguiente:

  • Plazo: vuelve a 2 años de contratos.
  • Dolarización: se puede acordar en cualquier moneda.
  • Ajustes: se podrá actualizar bajo cualquier índice (inflación, dólar, nafta, etc).
  • Garantía: se puede pedir cualquiera y se universaliza el seguro de caución.
  • Depósito: serán dos meses de depósito. Podrá ser en dólares. Podrán devolverlo a los 60 días de haber finalizado el contrato.
  • Arreglos de la casa: obligación de los inquilinos.
  • Expensas: inquilinos deberán pagar ordinarias y extraordinarias.
  • Domicilio electrónico: ya no habrá posibilidad de establecer un mail de contacto entre inquilinos y propietarios.